¿Qué es el programa Kit Digital?

Un programa del Plan de Digitalización de PYMES del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Objetivo: financiar los costes de transformación digital de las pequeñas y mediana empresa, a través de un conjunto de herramientas digitales.

se destinarán 3.000 millones de €
para la implantación de soluciones digitales

 

Presencia avanzada en internet

pvp desde 500€ (iva 21% no incluido)

SOLUCIÓN PROPUESTA

FUNCIONALIDADES Y SERVICIOS 

Pasados unos meses desde el inicio del Programa Kit Digital, Red.es actualizó la orden de bases que regula las ayudas del programa Kit Digital, incluyendo el servicio de Presencia Avanzada en Internet, como una nueva solución digital para invertir el Bono de ayudas.

El objetivo de esta nueva solución es que las empresas beneficiarias de estas ayudas puedan invertir el Bono digital en la prestación de servicios y funcionalidades que aseguren su posicionamiento en Internet, aumentando el alcance de potenciales clientes y su tráfico de visitas web.

Con un importe de hasta 2.000€ por empresa, independientemente del segmento en el que se encuentre, el servicio debe reunir una serie de requisitos mínimos:

  • Posicionamiento de la información básica del negocio, contacto y perfil de la empresa en los principales sites, redes de negocio o directorios de empresas y profesionales.
  • Keyword Research o análisis de palabras clave, que determine las mejores estrategias para la visibilidad en los resultados en los buscadores.
  • Informes mensuales de la situación del negocio con respecto a la competencia, para informar a las empresas beneficiarias de su situación comparativa.
  • SEO On-Page. Al menos dos páginas o apartados con optimización de SEO en su página y, de forma más general, optimización SEO de la estructura de la web, para mejorar su posicionamiento orgánico, con la indexación y jerarquización del contenidos.
  • SEO Off-Page. Desarrollo de acciones fuera de la propia web de la empresa, como por ejemplo linkbuilding o enlaces patrocinados. Todas las acciones fuera del entorno web de la empresa que busquen mejorar su visibilidad en Internet, se englobarían dentro de esta funcionalidad.

En la misma modificación de la orden de bases del Programa, Red.es agrega también el servicio de Marketplace, como nueva categoría de soluciones del Programa Kit Digital.

OMK agency, como representante voluntario, posee la capacidad de gestionar por ti las ayudas, facilitar cuantos trámites sean necesarios y acompañarte en todo el proceso. Tú solo tendrás que preocuparte por elegir la solución que necesite tu empresa.

Según detalla el BOE en el Artículo 8. Requisitos de los beneficiarios. Hay 2 requisitos.

  • Son requisitos para obtener la condición de beneficiario, cuyo cumplimiento deberá acreditarse en la forma y con los medios que se determinen en cada convocatoria, los siguientes:
    • Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa conforme a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a los efectivos y límites financieros que definen las categorías de empresas, enmarcando las categorías de microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como las personas en situación de autoempleo.
    • Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener la antigüedad mínima que se establezca en las convocatorias.
    • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, y al Anexo II de la presente orden.
    • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
    • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
    • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Dichas prohibiciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas
    • No superar el límite de ayudas de mínimos conforme a lo dispuesto en el artículo 2.4 de la presente orden.
  • También es requisito para obtener la condición de beneficiario disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.

La primera convocatoria dentro de este programa irá dirigida a pymes y personas en situación de autoempleo de todos los sectores productivos, siempre y cuando dispongan de entre 10 y 49 trabajadores. Se espera durante el mes de febrero.
Las siguientes convocatorias irán dirigidas a micropymes y autónomos de entre 3 y 10 trabajadores, y finalmente entre 0 y 3 trabajadores, y sus condiciones/obligaciones se adecuarán y perfeccionarán a partir de la experiencia de esta primera convocatoria, con el objetivo de alcanzar los mejores resultados de eficiencia y eficacia en la ejecución de los fondos. Las siguientes convocatorias se abrirán durante 2022.

Sí, cualquier empresa que desee optar a las ayudas para la digitalización deberá realizar previamente el Test de Madurez Digital. Estas sencillas preguntas te permitirán conocer en qué estado se encuentra la digitalización de tu empresa, cuáles son los ámbitos que deberías reforzar o qué herramientas son las más adecuadas en el momento en que te encuentras.

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